Universidad Abierta
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comerciales, agradecemos citar la fuente
SOCIEDADES QUE PRESTAN SUS
SERVICIOS O EFECTÚAN OPERACIONES DE CRÉDITO E INTERMEDIARIOS FINANCIEROS.
GONZALO VÁZQUEZ MALO.
CONTENIDO:
I.- INTRODUCCION
II.- OBJETIVO
II.- DESARROLLO DEL TEMA
IV.- AUTOEVALUACIÓN
V.- BIBLIOGRAFIA
INTRODUCCION
El presente ensayo sobre
“Sociedades que Prestan sus Servicios o Efectúan Operaciones de Crédito e
Intermediarios Financieros” como es sabido esta rama se encuentra dentro del
Derecho Bancario o también llamado Derecho Financiero, por lo que el tema del
presente trabajo es de suma importancia debido a la extraordinaria apertura e
interrelación que ésta teniendo México, con otros países, y como estamos
viviendo en un mundo moderno es necesario que todos los Abogados estén
actualizados con el Derecho Bancario, para que de esta forma patrocine,
conduzca, asesore estos asuntos
legalmente, puesto que es de profunda e importante repercusión tanto para los
órganos públicos como particulares y empresas privadas, y en la actualidad esta
H. Universidad los estudiantes tienen contacto directo con los temas de la
biblioteca virtual a través de la página Web ( WWW.UNIVERSIDAD ABIERT.EDU.MX./
SERVICIOS AL ESTUDIANTE) vía Internet.
Por lo que el egresado de la H. Universidad, será capaz
de dirigir asesorar negociaciones
internacionales en dependencias y entidades publicas o privadas, puesto que
podrán diseñar y dirigir estrategias legales corporativas para una mejor y más
eficaz actividad empresarial, tanto en ámbito
mercantil como administrativo, fiscal o bancario.
Y con ello sugerir la celebración de transacciones que pongan fin
a un conflicto, en virtud de que las disciplinas especializadas, en ellas recae
en la actualidad la modernización de los estudios de derecho.
Es por eso que en el
presente trabajo bancario, como una disciplina del Derecho Bancario, va enfocado,
desde el punto de vista técnico, puesto que son indispensables ciertos
conocimientos contenidos en los textos didácticos, los cuales constituyen la
parte medular y más densa de los estudios básicos del derecho, a través del
presente ensayo los alumnos de esta H.
Universidad tendrá la oportunidad de leerlo, interpretarlo, concordancia e incluso memorizarlo.
Además los estudiantes que estudian el sistema a distancia como lo
es en esta H. Universidad de San Luis Potosí y algunas otras Universidades a nivel mundial como la
Universidad Abierta de Londres o la Universidad Nacional de Educación a
Distancia de España, esta materia de Derecho Bancario o Financiero le están
dando suma importancia, en virtud de que estamos viviendo el mundo de los
negocios financieros y por lo tanto el presente ensayo trata sobre el
particular y espero que le sirva a los estudiantes de esta H. Universidad
Abierta de San Luis Potosí.
OBJETIVO
El objetivo del presente
ensayo, es importante a efecto de que la Universidad Abierta de San Luis
Potosí, cuente con material didáctico en su biblioteca y de esta forma los
futuros estudiantes de esta H. Universidad, tengan de donde echar mano en sus
materias respectivas de la carrera de Licenciado en Derecho.
Esto en virtud de que el
ideal perenne para nuestro desarrollo humano como seres únicos e individuales
es llegar al perfeccionamiento al que todo humano tiene derecho.
En especial para aquellos
hombres que tienen la función de juzgar la conducta de nuestros semejantes, por
lo que Aquí, esta H. Universidad tienen la obligación de formar a futuros
Licenciados en Derecho, esta formación deberá de ser adecuada e integral, para
que una vez de que sean egresados de esta casa Mater, en forma voluntaria y
consiente, tengan la alta dignidad de impartir justicia, puesto que el
ejercicio de la profesión de abogado ha tenido como objetivo fundamental
constituir un valioso instrumento para alcanzar la justicia y la seguridad
jurídica, puesto día con día la vida no da nuevos retos que de debemos superar en forma integra y así
superar cualquier reto, que la Sociedad moderna nos imponga, esto en virtud que
la economía en los últimos años en
nuestro país a tenido un empuje muy importante y el derecho bancario o financiero como también se le llama se
encuentra virgen, es decir
existir bastante materia
para realizar investigaciones y de esta forma realizar ensayos, libros e
inclusive poder legislar sobre la
materia.
DESARROLLO DEL TEMA
Sociedades que Prestan sus
Servicios o Efectúan Operaciones de Crédito e Intermediarios Financieros:
Estas sociedades tienen su origen, cuando existía por primera
vez la Asociación de Banqueros de México,
en varias partes de la República Mexicana aparecieron las sociedades mercantiles, y que su verdadero
origen fue el mismo que motivo la existencia de las inmobiliarias bancarias, o
sea, para dar mayor flexibilidad para que las instituciones bancarias tuvieran
la facilidad para adquirir cierto tipo de equipo especializado, como podría ser
en la actualidad, equipo sofisticado de computación, que en la actualidad
existe en todo institución financiera a nivel mundial y de esta forma estén
entrelazados para celebrar operaciones de cualquier tipo, como compra de
acciones en las casas de bolsas inversiones de diferente tipo de moneda, enviar
ordenes de pago a cualquier parte del mundo.
Las Sociedades que prestan
sus servicios o Efectúan Operaciones e
Intermediarios Financieros, estas a su
vez son controladas por las Instituciones de Crédito y Organizaciones
Auxiliares, que les prestan servicios
y que están íntimamente ligadas en las actividades bancarias, en las que las instituciones invierten parte de su capital y reservas
a través de la suscripción y pago de acciones representativas de su
capital.
La existencia de este tipo
de sociedades, es que los bancos tienen acceso como ya lo mencionamos a la adquisición de cierto tipo de
servicios especializados y además, los mas importantes es que varías instituciones de crédito pueden prorratearse los gastos que implica la adquisición de dichos equipos que, para
alguna de ellas en particular, pudiera
resultar onerosa.
Otro Ejemplo de dichas
Sociedades que prestan sus servicios y de vital importancia para las
Instituciones Bancarias, son las
Sociedades encargadas del traslado de
dinero y valores, como ejemplo en nuestro país es la Sociedad denominada “
TAMEME”, entre otras, este tipo de servicio
se da entre las oficinas de las
Instituciones de Crédito, entre estas, y sus clientes, mediante unidades blindadas de transporte
que ofrecen las seguridades varías,
contra asaltos, además en la actualidad existen Instituciones o Sociedades que
prestan sus servicios a nivel Internacional, para el traslado de valores o
dineros, de esta forma existe una
seguridad entre las sociedades que prestan sus servicios, y las Instituciones
Bancarias y sus clientes, con lo que es conveniente su adopción de dicha
empresa encargada de transportar el
dinero y los valores, justificándose
ese gasto.
Por lo que las sociedades
que les presten sus servicios o efectúen operaciones de crédito con ellas,
desde luego, son todas aquellas como la
de los ejemplos anteriores, por lo que la practica bancaria estas Instituciones
son conocidas como sociedades que prestan sus servicios de los llamados
complementarios, auxiliares o servicios
conexos.
Las Sociedades que Prestan
sus Servicios o Efectúan Operaciones e
Intermediarios Financieros, una de sus formas de trabajo es bajo el procedimiento de cámara de compensación que
seria de la siguientes forma:
A).- El documento depositado por los clientes,
es enviado por los bancos a la cámara de compensación.
B).- El documento operado o devuelto por falta
de pago, se entrega al banco que corresponda; y
C).- Finalmente el documento operado es abonado por lo bancos en la
cuanta del cliente.
Las Sociedades que prestan
sus servicios en nuestro país las más comunes son:
A).- Transporte Especializado;
B).- Procesamiento de Datos; y
C).- Informes de Crédito.
Los Intermediarios
Financieros, están divididos en cuatros ramas que serian las siguientes:
A).- En el Trafico Internacional:
1.- Bancos Internacionales;
2.- Bancos Extranjeros con Registro en México;
3.- Bancos Extranjeros con Oficinas de Representación;
4.- Corresponsales de Bancos Extranjeros en México;
5.- Corresponsales de Bancos Mexicanos en el Extranjero; Y
6.- Bancos Multinacionales.
B).- En el Trafico Interno
1.- Agencias;
2.- Corresponsales;
3.- Casas de Cambio; y
4.- Comisionistas, que pueden ser personas
Físicas o Morales.
C).- Auxiliares de Enlace
1- Asociaciones de Banqueros; y
2.- La Asociación Mexicana de Bancos.
D).-
Auxiliares Individuales
1.- Delegados Fiduciarios;
2.- Corredores Públicos; y
3.- Notarios.
Desde el año de 1990 a la
fecha existen los llamados Intermediarios Financieros no Bancarios que los mas comunes son:
1.- Almacenes Generales de Deposito;
2.- Arrendadoras Financieras;
3.- Uniones de crédito; y
4.- Instituciones de Factoraje Financiero.
A partir del día 28 de
agosto de 1993, con motivo de las reformas del artículo 28 de la Constitución
de la República Mexicana, las actividades de las instituciones, tienen que ser
de servicio público, diferente al bancario con base a los párrafos 11 y 12 del
artículo constitucional citado, ya que se califican como Intermediarios
Financieros no Bancarios abarcando a
aquellas instituciones previstas en las leyes mencionadas y la Banca
Internacional, Privada e Intergubernalmente y la Asociación Mexicana de
Bancos.
Agencias y Agentes
Primeramente deberemos diferenciar lo que es una agencia y lo que es un agente.
La agencia, es una empresa
mercantil debidamente regulada y por lo tanto tiene personalidad distinta de la
de su titular y de las de los comerciantes a los que sirve.
Por lo tanto las agencias,
su función es cuando algún banco de depósito tenga alguna agencia que se establezca en
lugares apartados de la República Mexicana, donde no haya posibilidad por el
número reducido de habitantes y por el escaso de los negocios, del
establecimiento de oficinas Bancarias
directamente dependiente de las instituciones, es así como el uso bancario a
venido utilizando la expresión agencia, además
pueden establecer agencias en diversos lugares de la República y que
las mismas pueden tener un domicilio o una cierta autonomía patrimonial.
El agente.- Es necesariamente una persona, que siempre
actúa a nombre y por cuenta de otro en
los negocios mercantiles.
Por lo que el agente, su actuación de modo permanente se
dedica a la búsqueda de negocios, por cuenta de uno o más comerciantes,
mediante la agencia de la cuál es propietario, con la inteligencia de que un agente no tiene la representación del
comerciante, pues se considera que solo tiende a facilitar los negocios de
otros, estimulando el interés de sus
clientes, por lo que generalmente el agente
tienen el carácter de un comisionista, en virtud de realiza mandatos en
actos concretos de comercio y para realizarlos en materia bancaria, estos deben
de contar necesariamente con la autorización previa de las autoridades
hacendarias como son; CNBV, CNSP, y CONSAR.
Un ejemplo claro de ello en
nuestro país, en los últimos años fueron los agentes de las AFORES, que a base
de sus estrategias personales, buscaban a toda costa que los trabajadores se
afiliaran a la Institución que representaban, para que de esta forma estuvieran
debidamente inscritos y sus fondos para el retiro del trabajador los tuvieran
seguros al momento de su retiro.
Es importante mencionar que
existen agentes empresa, es decir sociedades anónimas que serian Agentes de
Bolsa, Intermediarios Financieros. Así como Agentes personas físicas, también
como Agentes de Bolsa, e Intermediarios Financieros, de Fianzas y Seguros.
Por lo que las agencias y agentes, en materia bancaria
en la práctica Mexicana para cualquier
negocio mercantil se utiliza algún tipo
de las figuras mencionadas y con ello
se concretan ciertas operaciones, fundamentalmente servicios de complementación
que las Instituciones contratan directamente con su clientela, como las
cuestiones de cobranzas, gestiones fiscales, aduaneras, etc., aún
cuando hay que hacer notar que
en lugares mucho muy apartados del territorio Mexicano, como ya
lo mencionamos por el escaso número de habitantes y de negocios no se
justifican el establecimiento de agencias permanentes, pero pueden realizar
actos bancarios a través de sus corresponsales en forma
excepcional y las Agencias y agentes se regulan por la Ley Federal e
Instituciones de Fianzas y la Ley General de Instituciones de Seguros y La
Comisión Nacional Bancaria de Seguros
del Banco de México.
Es importante hacer
hincapié que en materia bancaria encontramos
que la Comisión Nacional
Bancaria y de Seguros, es aplicable exclusivamente a las Instituciones de
Crédito y por lo tanto no es
aplicable a las de fianzas y seguros,
ya que los agentes de las Compañías de fianzas en algunos casos llegan a emitir
y refrendar pólizas lo que iría en contra de los clientes, esto en virtud de
que conforme a la doctrina Mexicana se ha pronunciado en que la gente no tiene la representación del Comerciante, pues
se considera que solo tiende a facilitar los negocios de otros, como ya lo
hemos manifestado únicamente
estimulando al cliente y para con ello facilitarle los medios y la
información que necesite su cliente, ya
que a la hora de celebrar la contratación
mercantil no participa en
ella con ninguna personalidad.
Por lo que debe entenderse
que la gente este es, el titular de la
agencia y es una persona jurídicamente
independiente del cliente comerciante y únicamente se encarga de
fomentar los negocios de uno o varios
comerciantes clientes, tal como lo sustenta el autor Joaquín Rodríguez y
Rodríguez que afirma que el agente es un comerciante encargado permanentemente
de preparar y realizar contratos en nombre y por cuenta de otros comerciantes.
Información, Expedientes de
Clientes e Informes de Crédito.
Los expedientes de clientes
y la información.- Dentro de las Operaciones Financieras, llámese bancos, casa
de bolsa, una parte importante es la documentación que deben de tener, sobre
los expedientes que lleve de cada cliente y en su caso también de cada
intermediario financiero o que preste sus servicios a cualquier institución y
que en la doctrina se conoce como aviamiento.
En efecto tradicionalmente
es la base comercial que tienen en base a la vista de clientes y proveedores
para el éxito de las operaciones mercantiles y en está lista
se debe de anotar principalmente nombre y domicilio del cliente,
referencias, relación de contratos, puntualidad en el pago y sus costumbres
comerciales ya que en casa expediente que se habrá de determinado cliente se
pondrán los informes que hayan solicitado acerca del mismo sobre su moralidad,
solvencia económica, capacidad técnica y de pago, en especial los bancos de
depósito, están obligados a tener ese tipo de expedientes de clientes y la
información, ya que como es sabido el otorgar créditos se ha considerado
siempre que tienen cualquier tipo de riesgo y con ello se trata de eliminar el
más mínimo riesgo, para que las instituciones bancarias recuperen sus créditos.
En efecto es importante
tener toda la documentación de la
información de cada cliente y en su
caso de cada proveedor puesto que es la base de toda transacción
comercial que tenga relación con el crédito, ya que por una parte, es la
existencia de un expediente que se
habrá a cada cliente, y por la
otra, los informes que haya recabado del mismo cliente, ya que en
materia bancaria siempre se destaca de
una buena organización, puesto que siempre tienen un expediente completo e
información amplia del cliente de toda
operación mercantil ya que información
es comúnmente en el uso mercantil muy
casual entre banqueros, comerciantes el
informe de crédito y que estos abarcan hasta la vida privada del comerciante,
que se obtienen a través de las agencias informadoras o informes de
crédito Interbancarios, informes de
casas comerciales y además con el
servicio nacional de créditos bancarios en México y con ellos los bancos
obtienen una información total de sus clientes que resulta indispensable en el
trato mercantil del banco cliente y cliente banco.
La documentación la regula
la Comisión Nacional Bancaria y de
Seguros y del Banco de México, mediante
reglas de carácter general que
determinará la documentación e información
que los bancos de deposito deberán
recabar para el otorgamiento y
durante la vigencia de crédito o prestamos de cualquier naturaleza, con o sin
garantía real así como los requisitos que dicha documentación deba reunir y la
periodicidad con que deberá obtenerse.
Los Bancos de Deposito
estarán obligados, así mismo, a recabar
información sobre la solvencia económica y moral de sus deudores llenando los formularios respectivos, además
también las instituciones y organizaciones auxiliares de crédito están obligadas a recabar la anterior documentación que son: Bancos de
Deposito, Sociedades Financiera, Sociedades de Capitalización, etc.
Es importante hacer mención
especial que en nuestro país a partir de la expropiación de los Bancos en
1982, a pesar de que estaban obligados a tener llenados los formularios respectivos
y todas las Instituciones llamase
Sociedades Financiera y Sociedades de Capitalización dicho formularios sobre los expedientes de
clientes y la información nunca los tuvieron al día y si existieron la mayoría
de expedientes de clientes,. la información a pesar de que lo regulaban las comisiones
ya citadas estaban obligados a recabar los expedientes e clientes y
información, para el otorgamiento de
préstamo de cualquier naturaleza, con o sin garantía real, los 18 bancos
que fueron expropiados por el gobierno de México, como es sabido la mayoría de
ellos se declaro en quiebra y suspensión de pagos, esto por haber otorgado
créditos blandos sin garantía e inclusive a sociedades fantasmas, ya que nunca
aparecieron sus domicilios fiscales que habían señalado al momento de
otorgarles el crédito o préstamo y con ello la economía del país tuvo un
quebrantamiento que hasta nuestros días no se superan en nuestro país.
Un ejemplo claro de ello lo
fue el Banco de Crédito Rural (Banrural) y en especial en la Comarca Lagunera,
donde realizó prestamos personales tanto a personas físicas como morales, sin
garantía alguna por miles de millones de pesos y que nunca se recuperaron,
donde el gobierno Mexicano tuvo que absolver dichas deudas e inclusive en el
año próximo pasado absorbió deudas de varios bancos, Serfín, Banca Cremi, Banco
Unión, Bancrecer, con el famoso
Fobaproa, para que de está forma se saneara la economía de los bancos y aún
así varios bancos se declararon en quiebra
y se suspendieron los pagos, por lo con
esto se vio a todas luces que las técnicas que utilizaban sobre los expedientes
de clientes y la información resulto obsoleta, más sin en cambio los actuales
bancos que operan en nuestro país como tiene acciones de otros bancos
extranjeros, ya cuentan en la
actualidad con equipos sofisticados para obtener expedientes de clientes y la información mejor en el futuro. para
que de esta forma no quiebren los bancos
Las Asociaciones de
Banqueros y la Asociación Mexicana de
Bancos.
La Asociación de Banqueros
en México.- se constituye como una Sociedad Civil, el día 12 de Noviembre de
1928, con domicilio en la Ciudad de
México y su duración es de 99 años y
tiene dos clases de miembros que son: Asociados y Foráneos.
Órganos de Administración
La máxima autoridad
Administrativa de la Ex Asociación de Banqueros de México, lo era la Asamblea
General Ordinaria Anual o llamada Convención Nacional Bancaria; y
La dirección y administración de la Asociación esta a cargo de:
a).- Un consejo directivo.
b).- Una comisión ejecutiva.
c).- Un Director General
Desde luego que está
Asociación de banqueros de México que tenía comités permanentes, que su fin era organizar:
a).- Los bancos de depósito.
b).- Sociedades Financieras.
c).- Sociedades de Capitalización.
d).- Sociedades de Crédito Hipotecario.
e).- De Almacenes generales de depósito.
f).- De Bolsas de valores.
g).- De uniones de crédito.
h).- De Instituciones de fianzas
Sus Objetivos principales de la Ex Asociación de Banqueros
de México son:
1.- Fomentar las relaciones entre sus
miembros y con las Asociaciones similares.
2.- Procurar la cooperación de dichos
miembros, para el mejor desempeño de
las funciones de estos.
3.-
Ejecutar cuantos actos sean
convenientes, para el desarrollo y buen funcionamiento del sistema bancario del
país y para la protección de los intereses de sus miembros.
4.- Defender los mismos intereses con los
medios adecuados y ante las autoridades
correspondientes.
Por último la Ex Asociación
de Banqueros de México, desde su creación tenía un sólido prestigio que actuaba
dentro del medio bancario y
además realiza estudios sobre la
materia que expone en la
convención anual, por lo que año con
año coadyuva con la Secretaria de
Hacienda y Crédito Público en relación
a la política monetaria y bancaria del año fiscal del gobierno de
México.
Como es sabido la Asociación de banqueros de México, hacia las funciones de una Cámara de
comercio que señalaba la ley de Cámaras y de comercio y de la industria, puesto que cumplía con la representación de los intereses generales del comercio o
de la industria en su jurisdicción, y a la vez lo comentaba y además servía como órgano de consulta del
estado, para la satisfacción de las necesidades del Comercio o de las
Industrias Nacionales y tenía Árbitros, pero a diferencia que no actuaba como
arbitro en los conflictos entre sus miembros, y está Asociación de Banqueros de
México, desaparece a raíz de la expropiación que hace el gobierno de
México en el año de 1982.
La Asociación Mexicana de
Bancos
Esta nace con motivo de la
expropiación que realizó el gobierno de México sobre 18 bancos que operaban en el país, en el año de 1982,
cuando cambia el nombre de la antigua Asociación de Banqueros de México, para denominarla “Asociación Mexicana de
Bancos”.
La Asociación Mexicana de
Bancos, su máxima autoridad es la Asamblea General Anual o también llamada
Convención Nacional Bancaria, y su organización está a cargo de: Un
presidente, de Comisiones permanentes,
que estas estarán a cargo de realizar investigaciones Bancarias, así como de
regular las ya existentes.
La Asociación Mexicana de
Bancos, es una Institución de sólido prestigio que actúa también dentro del
medio bancario, y su objetivo principal es realizar estudios
especializados en la materia bancaria, para establecer políticas financieras de
usos bancarios y de esta forma opine sobre cuestiones relativas a la economía
nacional del país y de sus puntos de vista del gremio, puesto que se ha hecho
costumbre que el Secretario de Hacienda y Crédito Público, en su discurso
exponga la política monetaria y bancaria del Gobierno Federal en el año
fiscal que servirán de base para los
desarrollos legislativos.
A partir del oficio que
giro en esa época la Secretaria de
Economía de fecha 14 de diciembre de 1948, en el que señala que las
Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares, no están obligadas a
inscribirse en el Registro Especial de la Cámara de Comercio, y la Asociación
Mexicana de Bancos, esta función la
realiza, mas sin en cambio recientemente se anuncio que se va a crear un
Consejo Coordinador de Instituciones Financieras que agrupará las diversas
asociaciones de intermediarios financieros, y se planea que este integrado por
la Asociación Mexicana de Bancos, Las Uniones de Crédito, la de Arrendadoras
Financieras, la de Intermediarios Financieros y las de Empresas de Factoraje; y
su estructura y operación será parecida al Consejo Coordinador Empresarial.
Con motivo de la
Expropiación de los Bancos, como ya hemos hecho mención la Asociación de
Banqueros de México, cambio de nombre para denominarla a Asociación Mexicana de
Bancos y ahora que en la actualidad están privatizados nuevamente los Bancos, a
raíz de dicha privatización, no obstante que le cambiaron de nombre, su administración, objeto, funciones y su
estructura, no cambiaron en el fondo si
no únicamente lo hicieron de forma y
tomando en cuenta en la actualidad el auge que a tenido en el sistema financiero
en el país, es necesario que existan reformar a efecto de estar acorde con las demás Asociaciones similares
de otros países tanto en el nombre,
como en su
objetivo y sus
funciones, para ello
podemos citar como ejemplos en
el ámbito regional
la Federación Latinoamericana de Bancos y a Nivel Internacional, como Estados Unidos la
American Banking Association.
Los Mediadores, Agentes,
Corredores y Comisionistas en Materia Financiera.
Los mediadores conforme a las negociaciones mercantiles se
dice que todo comerciante es un mediador
existiendo los privados y los públicos
y que el público es el mediador
autorizado por el Estado, para realizar
ciertos actos y que serían los: (Los
Agentes de Seguros, Fianzas, Valores y el Corredor Público) y los
privados serán todos los comerciantes que tienen transacciones mercantiles.
Su actividad de los
mediadores es llegar a la conclusión de
contratos entre terceras persona y su
papel que desempeña el mediador corresponde al estudio de los datos y conversaciones
preliminares a la conclusión del contrato, ya que al final este queda fuera del
contrato y dichos contratos pueden ser
de compraventa, de terrenos, vehículos, maquinaría etc. y en materia financiera
el mediador en muy pocas ocasiones
tiene intervención ya que ahí por lo
general dichos mediadores actúan como comisionistas, por ejemplo los agentes de
fianzas, únicamente actúan como mediadores entre el solicitante de la fianza y
la afianzadora, por lo que en actos bancarios los mediadores por lo general son
comisionistas.
Los Agentes.- Son personas
físicas que actúan generalmente nombre
y a cuenta de otro en los contratos mercantiles, ya que realizan mandatos en actos concretos de comercio y para poder hacerlos en materia
bancaria, es necesario que cuente con
la autorización previa de las
autoridades Hacendarias CNBV, CNSP, y
CONSAR, existiendo agentes tanto
físicos como morales, ya que estos también se pueden constituir como empresas y
también realizan gestiones a nombre de otras
personas, pero que quede claro dichos agentes no se les puede tipificar
como agentes de comercio, puesto que únicamente prestan sus servicios.
A existiendo diversos tipos
de agentes, como el comerciante, aquí para establecer si una persona es comerciante
es toda aquella que realiza
actos de comercio, esto para algunos y para otros, son comerciantes los que
llenan determinados requisitos que señala la ley o que hacen del comercio una
profesión, ya que esa actividad mercantil la establece el Código de Comercio.
Así mismo en términos
jurídicos la palabra agente no tiene una apreciación fija en las leyes, ni en
el lenguaje comercial, ya que la palabra agente desde el punto de vista
amplio abarca a todas la personas que
actúan en favor de otra persona que puede ser o no comerciante, en conclusión
el agente de comercio es el comerciante
cuya actividad consiste en la gestión de los interés de otro comerciante, pues
inclusive los llamados agentes no realizan actos de intermediación en el
Comercio, ya que únicamente se
consideran comerciantes cuando operan a nombre o por cuenta de comerciantes de
la famosa llamada Comisión Mercantil,
que está puede estar amparada con un poder especial para actos de
Administración y de riguroso dominio, a
efecto de dar a cabo una relación
contractual, a favor de terceros, para el cumplimiento de una obligación
(Comisión Mercantil).
En este orden de ideas,
para que los agentes fueran comerciantes debían de realizar la intermediación
de servicios o bienes entre comerciantes.
Los Corredores Públicos.- Sus antecedentes del
corredor público en México fue que el corredor era el agente auxiliar del
comercio con cuya intervención se proponen, se ajustaban y otorgaban los
contratos mercantiles, existiendo
varias clases de corredores conforme a las necesidades de cada plaza,
como eran los corredores de cambio, de mercancías, de seguros, de mar, etc.,
aquí el que más predominaba era el corredor de cambio que se dedicaba a las
cuestiones financiera y a partir del mes de enero de 1970, en donde fue reformado en el Código de
Comercio, para que únicamente existiera un corredor público y que lo define en
la actualidad como el agente auxiliar del comercio
Su función
es poner en mutua relación a las personas interesadas en
celebrar un contrato y estos son
agentes auxiliares del Comercio, por cuya mediación se proponen, ajustan y otorgan contratos mercantiles, e inclusive
pueden realizar avalúos sobre bienes
inmuebles y elaborar Sociedades
Anónimas de Capital Variable, y limitadas etc., y también elaborar Asociaciones Civiles.
En este contexto el corredor
público es un profesionista que tiene fe pública y que puede realizar aquellas actividades que prevé el Código de
Comercio y únicamente la Secretaria de
Comercio puede habilitar a una persona
que tenga en titulo de Licenciado en
Relaciones Comerciales o de Licenciado en Derecho como Corredor Público.
Es importante aclarar
que el hecho de estar autorizado para
actual como corredor público, no tienen
la capacidad total, para ejercer como agentes de seguros, de las afores, en virtud de que no reúnen los requisitos
establecidas por las autoridades Hacendarias.
Comisionista en Materia
Financiera.- Son todas aquellas
personas que se les confiere la ejecución de un mandato sobre un acto concreto de comercio.
Y la definición de
comisionista conforme al artículo 273 del Código de Comercio es la siguiente:
“El mandato aplicado a actos concretos de Comercio se reputa comisión
mercantil, es comitente el que confiere comisión mercantil y comisionista el que la desempeña”.
Como ya lo hemos mencionado
las personas que confieren la comisión
se le denominará comitente y la persona que la va a ejecutar se le denominara
comisionista y por lo general siempre
será a través de un poder ante
fedatario público que este se puede dar con el carácter de revocable e
irrevocable, y aunque en raros casos
también se le puede dar en forma verbal, y cuando se da en estos casos deberá
ser ratificado por escrito, antes de que el negocio concluya, además el comisionista es libre de aceptar o no el
cargo que se le confiere.
Pero una vez que el
comisionista acepte el cargo conferido y sin causa legal dejaré al comisionista
de avisar a que rehusase a la Comisión o de cumplir lo expresa o tácitamente lo
aceptado, será responsable el comitente
de todos los daños que por ello
sobrevengan, ya que esté no puede
delegarlos sin estar autorizado por el comitente y además estará el comisionista a realizar el desempeño de su
cargo conforme a las instrucciones recibidas del comitente y el comisionista
estará obligado a dar oportunamente noticias a su comitente de todos los hechos
o circunstancias que puedan determinarle a revocar o modificar el encargo,
desde luego el comisionista después de
llevar a cabo el acto de encomendado deberá rendir en forma clara y completa para justificar su cumplimiento al
comitente.
Los Comisionistas en
materia financiera se regulan por el
Código de Comercio, también existen comisionistas en materia financiera que deban estar autorizados por la Secretaria
de Hacienda y crédito Público, por la CNBV, CNCP.
Comisionistas o
intermediarios financieros, que a la vez actúan como agentes o casas de bolsas
y viceversa, esto es cuando permite que un agente de bolsa pueda actuar al
mismo tiempo como intermediario financiero, esto en virtud de que la ley dispone que los comisionistas o
intermediarios que auxilien a las Instituciones de Crédito en sus operaciones
pasivas se regirán por la Comisión
Bancaria de Seguros y por la Comisión Bancaria de Valores y entre otros tantos
comisionistas en materia financiera, existen desde luego los agentes de valores
como lo hemos manifestado, los agentes de instituciones de seguros de fianza y
de capitalización, el corresponsal y el agente a la luz del derecho laboral,
estos intermediarios financieros están de moda a partir de 1990.
AUTOEVALUACION
1.-
¿Cuándo tuvieron sus orígenes las
Sociedades que prestan sus Servicios o efectúan operaciones de Crédito e
intermediarios financieros?
2.- Nombra una Sociedad que preste sus
Servicios o efectúen Operaciones de Crédito.
3.- ¿En cuántas ramas están divididos los
intermediarios financieros?
4.- Nombrar tres sociedades de intermediarios
financieros.
5.- ¿Qué
son las Agencias?
6.- ¿Por qué Ley o Leyes, están reguladas las Agencias o Agentes?
7.- ¿Quién regula los expedientes de Clientes
y de Información?
8.- ¿Cuándo se Constituye las Asociación de Banqueros en México?
9.- ¿Cuál es el máximo órgano de
Administración?
10.- ¿Cuándo
se crea la Asociación Mexicana de Bancos?
11.- Mencione dos objetivos principales de la
Asociación de Banqueros en México
12.- ¿Quiénes son
los mediadores?
13.- ¿Quiénes son los Agentes?
14.- ¿Quiénes son los Corredores Públicos?
15.- ¿Quiénes son los Comisionistas en Materia
Financiera?
16.- ¿El Derecho Bancario también es llamado?
17.- ¿La Tameme prestas sus servicios a las
Instituciones Bancarias, es para qué?
18.-
¿Una de las formas de trabajo de las Sociedades que prestan sus servicios o
efectúan operaciones es bajo el procedimiento de?
19.- Mencione dos nombres de los intermediarios
financieros en el trafico internacional.
20.- Mencione dos nombre de los intermediario
financieros en el trafico internacional.
21.- Mencione un nombre de intermediario
financiero como auxiliares de enlace.
22.- Mencione un nombre de los intermediarios
financieros como auxiliares individuales.
23.- Mencione un nombre de los intermediarios
financieros no bancarios de los más comunes.
24.- ¿Cuál es la diferencia entre Agente y
Agencia?
25.- ¿Para qué el Agente realice actos en
materia Bancaria debe contar con autorización de?
26.- Mencione el nombre de dos agentes como
personas físicas.
27.- Conteste si los Agentes empresa, también
pueden intervenir como agentes de bolsas o Agentes de Seguros.
28.- ¿Los expedientes de clientes y la
información conforme a la doctrina son conocidos como?
29.- ¿Para que tengan éxito las operaciones
mercantiles son necesarios?
30.- ¿Qué contienen los expedientes de clientes?
31.- ¿Las Instituciones Bancarias como obtienen
los informes del cliente?
32.- ¿Quién regula la documentación de
expedientes de clientes e informes de crédito?
33.- Menciones dos nombres de Bancos antes de
que fueran expropiados en el año de 1982.
34.- ¿Diga cuantos Bancos fueron expropiados?
35.- Mencione una de las principales
características del porque quebraron los bancos, antes de que fueran
expropiados.
36.- ¿La Asociación de Banqueros en México hacia
las funciones de?
37.- ¿Por qué desapareció la Asociación de
Banqueros en el año de 1982?
38.- ¿La máxima autoridad administrativa de la
Asociación Mexicana de Bancos es?
39.- ¿La Asociación de Banqueros de México y la
Asociación Mexicana de bancos sus
objetivos son los mismos?
40.- Diga la definición de comisionistas en materia
financiera conforme al artículo 273 del Código de Comercio.
BIBLIOGRAFIA