Universidad Abierta

 


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SOCIEDADES QUE PRESTAN SUS SERVICIOS O EFECTÚAN OPERACIONES DE CRÉDITO E INTERMEDIARIOS FINANCIEROS.

 

GONZALO VÁZQUEZ MALO.

 

 

CONTENIDO:

 

 

I.-         INTRODUCCION

 

II.-        OBJETIVO

 

II.-        DESARROLLO DEL TEMA

 

IV.-       AUTOEVALUACIÓN

 

V.-        BIBLIOGRAFIA

                                                          

                                                                                                                                

INTRODUCCION                                 

           

El presente ensayo sobre “Sociedades que Prestan sus Servicios o Efectúan Operaciones de Crédito e Intermediarios Financieros” como es sabido esta rama se encuentra dentro del Derecho Bancario o también llamado Derecho Financiero, por lo que el tema del presente trabajo es de suma importancia debido a la extraordinaria apertura e interrelación que ésta teniendo México, con otros países, y como estamos viviendo en un mundo moderno es necesario que todos los Abogados estén actualizados con el Derecho Bancario, para que de esta forma patrocine, conduzca, asesore estos  asuntos legalmente, puesto que es de profunda e importante repercusión tanto para los órganos públicos como particulares y empresas privadas, y en la actualidad esta H. Universidad los estudiantes tienen contacto directo con los temas de la biblioteca virtual a través de la página Web ( WWW.UNIVERSIDAD ABIERT.EDU.MX./ SERVICIOS AL ESTUDIANTE) vía Internet.

 

Por lo que  el egresado de la H. Universidad, será capaz de dirigir  asesorar negociaciones internacionales en dependencias y entidades publicas o privadas, puesto que podrán diseñar y dirigir estrategias legales corporativas para una mejor y más eficaz actividad empresarial, tanto en ámbito  mercantil como administrativo, fiscal o bancario.

 

 Y con ello sugerir la celebración de transacciones que pongan fin a un conflicto, en virtud de que las disciplinas especializadas, en ellas recae en la actualidad la modernización de los estudios de derecho.

          

Es por eso que en el presente trabajo bancario, como una disciplina del Derecho Bancario, va enfocado, desde el punto de vista técnico, puesto que son indispensables ciertos conocimientos contenidos en los textos didácticos, los cuales constituyen la parte medular y más densa de los estudios básicos del derecho, a través del presente  ensayo los alumnos de esta H. Universidad tendrá la oportunidad de leerlo, interpretarlo,  concordancia e incluso memorizarlo.   

                                                                                                                                            

Además los estudiantes  que estudian el sistema a distancia como lo es en esta H. Universidad de San Luis Potosí y algunas  otras Universidades a nivel mundial como la Universidad Abierta de Londres o la Universidad Nacional de Educación a Distancia de España, esta materia de Derecho Bancario o Financiero le están dando suma importancia, en virtud de que estamos viviendo el mundo de los negocios financieros y por lo tanto el presente ensayo trata sobre el particular y espero que le sirva a los estudiantes de esta H. Universidad Abierta de San Luis Potosí.

 

 

OBJETIVO                                

 

El objetivo del presente ensayo, es importante a efecto de que la Universidad Abierta de San Luis Potosí, cuente con material didáctico en su biblioteca y de esta forma los futuros estudiantes de esta H. Universidad, tengan de donde echar mano en sus materias respectivas de la carrera de Licenciado en Derecho.

           

Esto en virtud de que el ideal perenne para nuestro desarrollo humano como seres únicos e individuales es llegar al perfeccionamiento al que todo humano tiene derecho.

 

En especial para aquellos hombres que tienen la función de juzgar la conducta de nuestros semejantes, por lo que Aquí, esta H. Universidad tienen la obligación de formar a futuros Licenciados en Derecho, esta formación deberá de ser adecuada e integral, para que una vez de que sean egresados de esta casa Mater, en forma voluntaria y consiente, tengan la alta dignidad de impartir justicia, puesto que el ejercicio de la profesión de abogado ha tenido como objetivo fundamental constituir un valioso instrumento para alcanzar la justicia y la seguridad jurídica, puesto día con día la vida no da nuevos retos que de  debemos superar en forma integra y así superar cualquier reto, que la Sociedad moderna nos imponga, esto en virtud que la  economía en los últimos años en nuestro país a tenido un empuje muy importante y  el derecho bancario o financiero como también se le llama se encuentra virgen, es decir

existir bastante materia para realizar investigaciones y de esta forma realizar ensayos, libros e inclusive  poder legislar sobre la materia.

           

           

DESARROLLO DEL TEMA

 

Sociedades que Prestan sus Servicios o Efectúan Operaciones de Crédito e Intermediarios Financieros:

 

Estas sociedades  tienen su origen, cuando existía por primera vez la Asociación de Banqueros de México,  en varias partes de la República Mexicana aparecieron las  sociedades mercantiles, y que su verdadero origen fue el mismo que motivo la existencia de las inmobiliarias bancarias, o sea, para dar mayor flexibilidad para que las instituciones bancarias tuvieran la facilidad para adquirir cierto tipo de equipo especializado, como podría ser en la actualidad, equipo sofisticado de computación, que en la actualidad existe en todo institución financiera a nivel mundial y de esta forma estén entrelazados para celebrar operaciones de cualquier tipo, como compra de acciones en las casas de bolsas inversiones de diferente tipo de moneda, enviar ordenes de pago a cualquier parte del mundo.

 

Las Sociedades que prestan sus servicios o Efectúan Operaciones  e Intermediarios Financieros, estas  a su vez son controladas por las Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares,  que les prestan servicios y  que están íntimamente  ligadas en las  actividades bancarias, en las que las instituciones  invierten parte de su capital  y reservas  a través de la suscripción y pago de acciones representativas de su capital.

 

La existencia de este tipo de sociedades, es que los bancos tienen acceso como ya lo mencionamos a  la adquisición de cierto tipo de servicios  especializados  y además, los mas importantes es que  varías instituciones de crédito pueden  prorratearse los gastos que implica  la adquisición de dichos equipos que, para alguna de ellas en particular,  pudiera resultar  onerosa.

 

Otro Ejemplo de dichas Sociedades que prestan sus servicios y de vital importancia para las Instituciones Bancarias, son  las Sociedades  encargadas del traslado de dinero y valores, como ejemplo en nuestro país es la Sociedad denominada “ TAMEME”, entre otras, este tipo de servicio  se da  entre las oficinas de las Instituciones de Crédito, entre estas, y sus clientes,  mediante unidades blindadas de transporte que ofrecen las seguridades  varías, contra asaltos, además en la actualidad existen Instituciones o Sociedades que prestan sus servicios a nivel Internacional, para el traslado de valores o dineros, de esta forma existe  una seguridad entre las sociedades que prestan sus servicios, y las Instituciones Bancarias y sus clientes, con lo que es conveniente su adopción de dicha empresa encargada de transportar  el dinero y los valores, justificándose  ese gasto.

 

Por lo que las sociedades que les presten sus servicios o efectúen operaciones de crédito con ellas, desde luego, son  todas aquellas como la de los ejemplos anteriores, por lo que la practica bancaria estas Instituciones son conocidas como sociedades que prestan sus servicios de los llamados complementarios, auxiliares o  servicios conexos.  

 

Las Sociedades que Prestan sus Servicios o Efectúan Operaciones  e Intermediarios Financieros, una de sus formas de  trabajo es bajo el procedimiento de cámara de compensación que seria de la siguientes forma:

 

A).-       El documento depositado por los clientes, es enviado por los bancos a la cámara de compensación.

 

B).-       El documento operado o devuelto por falta de pago, se entrega al banco que corresponda; y

 

C).-       Finalmente el documento  operado es abonado por lo bancos en la cuanta del cliente.

 

Las Sociedades que prestan sus servicios en nuestro país las más comunes son:

 

A).-       Transporte Especializado;

B).-       Procesamiento de Datos; y

C).-       Informes de Crédito.

 

Los Intermediarios Financieros, están divididos en cuatros ramas que serian las siguientes:                                                        

 

A).-       En el Trafico Internacional:

 

1.-        Bancos Internacionales;

2.-        Bancos Extranjeros con  Registro en México;

3.-        Bancos Extranjeros con Oficinas de  Representación;

4.-        Corresponsales de Bancos        Extranjeros en México;

5.-        Corresponsales de Bancos  Mexicanos en el Extranjero; Y

6.-        Bancos Multinacionales.

                                                                                                                                            

B).-       En el Trafico Interno

 

1.-        Agencias;

2.-        Corresponsales;

3.-        Casas de Cambio; y

4.-        Comisionistas, que pueden ser personas Físicas o Morales.

 

C).-       Auxiliares de Enlace

 

1-         Asociaciones de Banqueros; y

2.-        La Asociación Mexicana de Bancos.

 

D).- Auxiliares Individuales

 

1.-        Delegados Fiduciarios; 

2.-        Corredores Públicos; y

3.-        Notarios.

 

Desde el año de 1990 a la fecha existen los llamados Intermediarios Financieros no  Bancarios que los mas comunes son:

 

1.-        Almacenes Generales de Deposito; 

2.-        Arrendadoras Financieras;

3.-        Uniones de crédito; y

4.-        Instituciones de Factoraje Financiero.

 

A partir del día 28 de agosto de 1993, con motivo de las reformas del artículo 28 de la Constitución de la República Mexicana, las actividades de las instituciones, tienen que ser de servicio público, diferente al bancario con base a los párrafos 11 y 12 del artículo constitucional citado, ya que se califican como Intermediarios Financieros no  Bancarios abarcando a aquellas instituciones previstas en las leyes mencionadas y la Banca Internacional, Privada e Intergubernalmente y la Asociación Mexicana de Bancos.    

 

Agencias y Agentes

 

Primeramente  deberemos diferenciar  lo que es una agencia y lo que es un agente.

 

La agencia, es una empresa mercantil debidamente regulada y por lo tanto tiene personalidad distinta de la de su titular y de las de los comerciantes a los que  sirve.

 

Por lo tanto las agencias, su función es  cuando  algún banco de depósito  tenga alguna agencia que se establezca en lugares apartados de la República Mexicana, donde no haya posibilidad por el número reducido de habitantes y por el escaso de los negocios, del establecimiento de oficinas  Bancarias directamente dependiente de las instituciones, es así como el uso bancario a venido utilizando la expresión agencia, además  pueden establecer agencias en diversos lugares de la República  y que  las mismas pueden tener un domicilio o una cierta autonomía patrimonial.

 

El agente.-  Es necesariamente una persona, que siempre actúa a nombre  y por cuenta de otro en los negocios mercantiles.

 

Por lo que el  agente, su actuación de modo permanente se dedica a la búsqueda de negocios, por cuenta de uno o más comerciantes, mediante la agencia de la cuál es propietario, con la inteligencia de que un  agente no tiene la representación del comerciante, pues se considera que solo tiende a facilitar los negocios de otros, estimulando el interés  de sus clientes, por lo que generalmente el agente  tienen el carácter de un comisionista, en virtud de realiza mandatos en actos concretos de comercio y para realizarlos en materia bancaria, estos deben de contar necesariamente con la autorización previa de las autoridades hacendarias como son; CNBV, CNSP, y CONSAR.  

 

Un ejemplo claro de ello en nuestro país, en los últimos años fueron los agentes de las AFORES, que a base de sus estrategias personales, buscaban a toda costa que los trabajadores se afiliaran a la Institución que representaban, para que de esta forma estuvieran debidamente inscritos y sus fondos para el retiro del trabajador los tuvieran seguros al momento de su retiro.

 

Es importante mencionar que existen agentes empresa, es decir sociedades anónimas que serian Agentes de Bolsa, Intermediarios Financieros. Así como Agentes personas físicas, también como Agentes de Bolsa, e Intermediarios Financieros, de Fianzas y Seguros.

 

Por lo que  las agencias y agentes, en materia bancaria en la práctica Mexicana  para cualquier negocio mercantil  se utiliza algún tipo de las figuras mencionadas  y con ello se concretan ciertas operaciones, fundamentalmente servicios de complementación que las Instituciones contratan directamente con su clientela, como las cuestiones de cobranzas, gestiones fiscales, aduaneras,  etc., aún  cuando  hay que hacer notar que en lugares mucho muy apartados del territorio Mexicano,  como ya  lo mencionamos por el escaso número de habitantes y de negocios no se justifican el establecimiento de agencias permanentes, pero pueden realizar actos  bancarios  a través de sus corresponsales en forma excepcional y las Agencias y agentes se regulan  por la  Ley Federal e Instituciones de Fianzas y la Ley General de Instituciones de Seguros y La Comisión Nacional Bancaria  de Seguros del Banco de México.

 

Es importante hacer hincapié que en materia bancaria encontramos  que la  Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, es aplicable exclusivamente a las Instituciones de Crédito y por lo  tanto no es aplicable  a las de fianzas y seguros, ya que los agentes de las Compañías de fianzas en algunos casos llegan a emitir y refrendar pólizas lo que iría en contra de los clientes, esto en virtud de que conforme a la doctrina Mexicana se ha pronunciado  en que la gente no tiene la representación del Comerciante, pues se considera que solo tiende a facilitar los negocios de otros, como ya lo hemos manifestado únicamente  estimulando al cliente y para con ello facilitarle los medios y la información  que necesite su cliente, ya que a la hora de celebrar la contratación  mercantil no participa  en ella  con ninguna personalidad.

 

Por lo que debe entenderse que la gente  este es, el titular de la agencia y es una persona jurídicamente  independiente del cliente comerciante y únicamente se encarga de fomentar los negocios de  uno o varios comerciantes clientes, tal como lo sustenta el autor Joaquín Rodríguez y Rodríguez que afirma que el agente es un comerciante encargado permanentemente de preparar y realizar contratos en nombre y por cuenta de otros comerciantes.

 

Información, Expedientes de Clientes e Informes de Crédito.

 

Los expedientes de clientes y la información.- Dentro de las Operaciones Financieras, llámese bancos, casa de bolsa, una parte importante es la documentación que deben de tener, sobre los expedientes que lleve de cada cliente y en su caso también de cada intermediario financiero o que preste sus servicios a cualquier institución y que en la doctrina se conoce como aviamiento.

 

En efecto tradicionalmente es la base comercial que tienen en base a la vista de clientes y proveedores para el éxito de las operaciones mercantiles y en está  lista  se debe de anotar principalmente nombre y domicilio del cliente, referencias, relación de contratos, puntualidad en el pago y sus costumbres comerciales ya que en casa expediente que se habrá de determinado cliente se pondrán los informes que hayan solicitado acerca del mismo sobre su moralidad, solvencia económica, capacidad técnica y de pago, en especial los bancos de depósito, están obligados a tener ese tipo de expedientes de clientes y la información, ya que como es sabido el otorgar créditos se ha considerado siempre que tienen cualquier tipo de riesgo y con ello se trata de eliminar el más mínimo riesgo, para que las instituciones bancarias recuperen sus créditos.

 

En efecto es importante tener toda la documentación de  la información  de cada cliente y en su caso  de cada proveedor  puesto que es la base de toda transacción comercial que tenga relación con el crédito, ya que por una parte, es la existencia de un expediente  que se habrá a cada cliente,  y por la otra,  los informes que  haya recabado del mismo cliente, ya que en materia bancaria  siempre se destaca de una buena organización, puesto que siempre tienen un expediente completo e información amplia  del cliente de toda operación mercantil ya que  información es comúnmente en el uso mercantil  muy casual entre banqueros,  comerciantes el informe de crédito y que estos abarcan hasta la vida privada del comerciante, que se obtienen a través de las agencias informadoras o informes de crédito  Interbancarios, informes de casas comerciales  y además con el servicio nacional de créditos bancarios en México y con ellos los bancos obtienen una información total de sus clientes que resulta indispensable en el trato mercantil del banco cliente y cliente banco.   

 

La documentación la regula la  Comisión Nacional Bancaria y de Seguros y del Banco de México,  mediante reglas de carácter general  que determinará la documentación e información  que los bancos de deposito deberán  recabar  para el otorgamiento y durante la vigencia de crédito o prestamos de cualquier naturaleza, con o sin garantía real así como los requisitos que dicha documentación deba reunir y la periodicidad con que deberá obtenerse.

 

Los Bancos de Deposito estarán obligados,  así mismo, a recabar información sobre la solvencia económica y moral de sus deudores  llenando los formularios respectivos, además también las instituciones y organizaciones auxiliares de crédito  están obligadas a recabar la  anterior documentación que son: Bancos de Deposito, Sociedades Financiera, Sociedades de Capitalización, etc.

 

Es importante hacer mención especial  que  en nuestro país a partir de la expropiación de los Bancos en 1982, a pesar de que estaban obligados a tener llenados los formularios respectivos y todas las Instituciones llamase  Sociedades Financiera y Sociedades de Capitalización  dicho formularios sobre los expedientes de clientes y la información nunca los tuvieron al día y si existieron la mayoría de expedientes de clientes,. la información a pesar de que lo regulaban las comisiones ya citadas estaban obligados a recabar los expedientes e clientes y información, para el otorgamiento de  préstamo de cualquier naturaleza, con o sin garantía real, los 18 bancos que fueron expropiados por el gobierno de México, como es sabido la mayoría de ellos se declaro en quiebra y suspensión de pagos, esto por haber otorgado créditos blandos sin garantía e inclusive a sociedades fantasmas, ya que nunca aparecieron sus domicilios fiscales que habían señalado al momento de otorgarles el crédito o préstamo y con ello la economía del país tuvo un quebrantamiento que hasta nuestros días no se superan en nuestro país.

 

Un ejemplo claro de ello lo fue el Banco de Crédito Rural (Banrural) y en especial en la Comarca Lagunera, donde realizó prestamos personales tanto a personas físicas como morales, sin garantía alguna por miles de millones de pesos y que nunca se recuperaron, donde el gobierno Mexicano tuvo que absolver dichas deudas e inclusive en el año próximo pasado absorbió deudas de varios bancos, Serfín, Banca Cremi, Banco Unión, Bancrecer,  con el famoso Fobaproa, para que de está forma se saneara la economía de los bancos y aún así  varios bancos se declararon en quiebra y se suspendieron los pagos, por lo  con esto se vio a todas luces que las técnicas que utilizaban sobre los expedientes de clientes y la información resulto obsoleta, más sin en cambio los actuales bancos que operan en nuestro país como tiene acciones de otros bancos extranjeros, ya  cuentan en la actualidad con equipos sofisticados para obtener  expedientes de clientes y la información mejor en el futuro. para que de esta forma no quiebren los bancos 

 

Las Asociaciones de Banqueros y la Asociación Mexicana  de Bancos.

 

La Asociación de Banqueros en México.- se constituye como una Sociedad Civil, el día 12 de Noviembre de 1928,  con domicilio en la Ciudad de México y su duración  es de 99 años  y  tiene dos clases de miembros que son: Asociados y Foráneos.

 

Órganos de Administración

 

La máxima autoridad Administrativa de la Ex Asociación de Banqueros de México, lo era la Asamblea General Ordinaria Anual o llamada Convención Nacional Bancaria; y

 

La dirección y   administración de la Asociación esta a  cargo de:

 

a).-       Un consejo directivo.

b).-       Una comisión ejecutiva.

c).-       Un Director  General

 

Desde luego que está Asociación de banqueros de México que tenía comités permanentes,  que su fin era organizar:

 

a).-       Los bancos de depósito.

b).-       Sociedades Financieras.

c).-       Sociedades de Capitalización.

d).-       Sociedades de Crédito Hipotecario.

e).-       De Almacenes generales de depósito.

f).-        De Bolsas de valores.

g).-       De uniones de crédito.

h).-       De Instituciones de fianzas

 

Sus Objetivos  principales de la Ex Asociación de Banqueros de México  son:

 

1.-        Fomentar las relaciones entre sus miembros y con las Asociaciones similares.

2.-        Procurar la cooperación de dichos miembros,  para el mejor desempeño de las funciones de estos.

3.-        Ejecutar cuantos actos sean convenientes, para el desarrollo y buen funcionamiento del sistema bancario del país y para la protección de los intereses de sus miembros.

4.-        Defender los mismos intereses con los medios adecuados  y ante las autoridades correspondientes.

 

Por último la Ex Asociación de Banqueros de México, desde su creación tenía  un sólido prestigio que actuaba   dentro del medio bancario  y además realiza estudios  sobre la materia  que expone en la convención  anual, por lo que año con año coadyuva con la Secretaria de  Hacienda y Crédito Público en relación  a la política monetaria y bancaria del año fiscal del gobierno de México.

 

Como es sabido la  Asociación de banqueros de México,  hacia las funciones de una Cámara de comercio que señalaba la ley de Cámaras y de comercio  y de la industria, puesto que cumplía  con la representación de los intereses generales del comercio o de la industria en su jurisdicción, y a la vez lo comentaba  y además servía como órgano de consulta del estado, para la satisfacción de las necesidades del Comercio o de las Industrias Nacionales y tenía Árbitros, pero a diferencia que no actuaba como arbitro en los conflictos entre sus miembros, y está Asociación de Banqueros de México, desaparece a raíz de la expropiación que hace el gobierno de México  en el año de 1982.

 

La Asociación Mexicana de Bancos

 

Esta nace con motivo de la expropiación que realizó el gobierno de México sobre 18 bancos  que operaban en el país, en el año de 1982, cuando cambia el nombre de la antigua Asociación de  Banqueros de México, para denominarla “Asociación Mexicana de Bancos”.

 

La Asociación Mexicana de Bancos, su máxima autoridad es la Asamblea General Anual o también llamada Convención Nacional Bancaria, y su organización está a cargo de: Un presidente,  de Comisiones permanentes, que estas estarán a cargo de realizar investigaciones Bancarias, así como de regular las ya existentes.

 

La Asociación Mexicana de Bancos, es una Institución de sólido prestigio que actúa también dentro del medio bancario,   y  su objetivo principal es realizar estudios especializados en la materia bancaria, para establecer políticas financieras de usos bancarios y de esta forma opine sobre cuestiones relativas a la economía nacional del país y de sus puntos de vista del gremio, puesto que se ha hecho costumbre que el Secretario de Hacienda y Crédito Público, en su discurso exponga la política monetaria y bancaria del Gobierno Federal en el año fiscal  que servirán de base para los desarrollos legislativos.

 

A partir del oficio que giro en esa  época la Secretaria de Economía de fecha 14 de diciembre de 1948, en el que señala que las Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares, no están obligadas a inscribirse en el Registro Especial de la Cámara de Comercio, y la Asociación Mexicana  de Bancos, esta función la realiza, mas sin en cambio recientemente se anuncio que se va a crear un Consejo Coordinador de Instituciones Financieras que agrupará las diversas asociaciones de intermediarios financieros, y se planea que este integrado por la Asociación Mexicana de Bancos, Las Uniones de Crédito, la de Arrendadoras Financieras, la de Intermediarios Financieros y las de Empresas de Factoraje; y su estructura y operación será parecida al Consejo Coordinador Empresarial.

 

Con motivo de la Expropiación de los Bancos, como ya hemos hecho mención la Asociación de Banqueros de México, cambio de nombre para denominarla a Asociación Mexicana de Bancos y ahora que en la actualidad están privatizados nuevamente los Bancos, a raíz de dicha privatización, no obstante que le cambiaron de nombre, su  administración, objeto, funciones y su estructura, no cambiaron en el fondo  si no únicamente lo hicieron de forma  y tomando en cuenta en la actualidad el auge que a tenido en el sistema financiero en el país, es necesario que existan reformar a efecto de estar  acorde con las demás Asociaciones similares de otros países tanto en el nombre,  como  en  su  objetivo  y  sus  funciones,  para  ello  podemos citar como  ejemplos  en  el  ámbito  regional  la  Federación  Latinoamericana    de Bancos y a Nivel Internacional, como Estados Unidos la American Banking Association.

 

Los Mediadores, Agentes, Corredores y Comisionistas en Materia Financiera.

 

Los mediadores  conforme a las negociaciones mercantiles se dice que todo comerciante es un mediador  existiendo los privados y los públicos  y que  el público es el mediador autorizado por el  Estado, para realizar ciertos actos  y que serían los: (Los Agentes de Seguros, Fianzas, Valores y el Corredor Público)  y los  privados serán todos los comerciantes que tienen transacciones mercantiles.

 

Su actividad de los mediadores  es llegar a la conclusión de contratos entre terceras persona  y su papel que desempeña el mediador corresponde al estudio de los datos y conversaciones preliminares a la conclusión del contrato, ya que al final este queda fuera del contrato  y dichos contratos pueden ser de compraventa,  de terrenos,  vehículos, maquinaría etc. y en materia financiera el mediador  en muy pocas ocasiones tiene  intervención ya que ahí por lo general dichos mediadores actúan como comisionistas, por ejemplo los agentes de fianzas, únicamente actúan como mediadores entre el solicitante de la fianza y la afianzadora, por lo que en actos bancarios los mediadores por lo general son comisionistas.

 

Los Agentes.- Son personas físicas que actúan generalmente  nombre y a cuenta de otro en los contratos mercantiles, ya que realizan mandatos  en actos concretos de comercio  y para poder hacerlos en materia bancaria,  es necesario que cuente con la autorización previa  de las autoridades  Hacendarias CNBV, CNSP, y CONSAR, existiendo agentes  tanto físicos como morales, ya que estos también se pueden constituir como empresas y también realizan gestiones a nombre de otras  personas, pero que quede claro dichos agentes no se les puede tipificar como agentes de comercio, puesto que únicamente prestan sus servicios. 

 

A existiendo diversos tipos de agentes, como el comerciante, aquí para establecer  si una persona es comerciante  es toda aquella  que realiza actos de comercio, esto para algunos y para otros, son comerciantes los que llenan determinados requisitos que señala la ley o que hacen del comercio una profesión, ya que esa actividad mercantil la establece el Código de Comercio.

 

Así mismo en términos jurídicos la palabra agente no tiene una apreciación fija en las leyes, ni en el lenguaje comercial, ya que la palabra agente desde el punto de vista amplio  abarca a todas la personas que actúan en favor de otra persona que puede ser o no comerciante, en conclusión el agente de comercio  es el comerciante cuya actividad consiste en la gestión de los interés de otro comerciante, pues inclusive  los llamados agentes  no realizan actos de intermediación en el Comercio, ya que únicamente  se consideran comerciantes cuando operan a nombre o por cuenta de comerciantes de la famosa llamada  Comisión Mercantil, que está puede estar amparada con un poder especial para actos de Administración  y de riguroso dominio, a efecto de  dar a cabo una relación contractual, a favor de terceros, para el cumplimiento de una obligación (Comisión Mercantil).

 

En este orden de ideas, para que los agentes fueran comerciantes debían de realizar la intermediación de servicios o bienes entre comerciantes.

 

Los  Corredores Públicos.- Sus antecedentes del corredor público en México fue que el corredor era el agente auxiliar del comercio con cuya intervención se proponen, se ajustaban y otorgaban los contratos mercantiles, existiendo  varias clases de corredores conforme a las necesidades de cada plaza, como eran los corredores de cambio, de mercancías, de seguros, de mar, etc., aquí el que más predominaba era el corredor de cambio que se dedicaba a las cuestiones financiera y a partir del mes de enero de 1970,  en donde fue reformado en el Código de Comercio, para que únicamente existiera un corredor público y que lo define en la actualidad como el agente auxiliar del comercio

 

Su  función  es poner en mutua relación a las personas interesadas  en  celebrar un contrato  y estos son agentes auxiliares del Comercio, por cuya mediación se proponen, ajustan  y otorgan contratos mercantiles, e inclusive pueden  realizar avalúos sobre bienes inmuebles y  elaborar Sociedades Anónimas de Capital Variable, y limitadas etc., y también elaborar  Asociaciones Civiles.

 

En este contexto el corredor público es un profesionista que tiene fe pública  y que puede realizar aquellas actividades que prevé el Código de Comercio  y únicamente la Secretaria de Comercio puede habilitar a una  persona que tenga en titulo de Licenciado en  Relaciones Comerciales o de Licenciado en Derecho    como Corredor Público.

 

Es importante aclarar que  el hecho de estar autorizado para actual como corredor público, no tienen  la capacidad total, para ejercer como agentes de seguros, de las afores,  en virtud de que no reúnen los requisitos establecidas por las autoridades Hacendarias.

 

Comisionista en Materia Financiera.- Son todas  aquellas personas  que se les confiere   la ejecución de un mandato  sobre un acto concreto de comercio.

 

Y la definición de comisionista conforme al artículo 273 del Código de Comercio es la siguiente: “El mandato aplicado a actos concretos de Comercio se reputa comisión mercantil, es comitente el que confiere comisión mercantil y comisionista  el que la desempeña”.

 

Como ya lo hemos mencionado las personas  que confieren la comisión se le denominará comitente y la persona que la va a ejecutar se le denominara comisionista  y por lo general  siempre  será a través de un poder  ante fedatario público que este  se puede dar  con el carácter de revocable e irrevocable,  y aunque en raros casos también se le puede dar en forma verbal, y cuando se da en estos casos deberá ser ratificado por escrito, antes de que el negocio  concluya, además el comisionista es libre de aceptar o no el cargo que se le confiere.

 

Pero una vez que el comisionista acepte el cargo conferido y sin causa legal dejaré al comisionista de avisar a que rehusase a la Comisión o de cumplir lo expresa o tácitamente lo aceptado, será responsable el comitente  de todos los daños que  por ello sobrevengan,  ya que esté no puede delegarlos sin estar autorizado por el comitente  y además estará el comisionista a realizar el desempeño de su cargo conforme a las instrucciones recibidas del comitente y el comisionista estará obligado a dar oportunamente noticias a su comitente de todos los hechos o circunstancias que puedan determinarle a revocar o modificar el encargo, desde luego el comisionista  después de llevar a cabo el acto de encomendado deberá rendir  en forma clara y completa para justificar su cumplimiento al comitente.

 

Los Comisionistas en materia financiera  se regulan por el Código de Comercio, también existen comisionistas en materia financiera  que deban estar autorizados por la Secretaria de Hacienda y crédito Público, por la CNBV, CNCP.

 

Comisionistas o intermediarios financieros, que a la vez actúan como agentes o casas de bolsas y viceversa, esto es cuando permite que un agente de bolsa pueda actuar al mismo tiempo como intermediario financiero, esto en  virtud de que la ley dispone que los comisionistas o intermediarios que auxilien a las Instituciones de Crédito en sus operaciones pasivas se regirán  por la Comisión Bancaria de Seguros y por la Comisión Bancaria de Valores y entre otros tantos comisionistas en materia financiera, existen desde luego los agentes de valores como lo hemos manifestado, los agentes de instituciones de seguros de fianza y de capitalización, el corresponsal y el agente a la luz del derecho laboral, estos intermediarios financieros están de moda a partir de 1990.

 

 

AUTOEVALUACION

 

1.-        ¿Cuándo tuvieron sus orígenes las Sociedades que prestan sus Servicios o efectúan operaciones de Crédito e intermediarios financieros?

 

2.-        Nombra una Sociedad que preste sus Servicios o efectúen Operaciones de Crédito.

 

3.-        ¿En cuántas ramas están divididos los intermediarios financieros?

 

4.-        Nombrar tres sociedades de intermediarios financieros.

 

5.-        ¿Qué  son las  Agencias?

 

6.-        ¿Por qué Ley  o Leyes, están reguladas las Agencias o Agentes?

 

7.-        ¿Quién regula los expedientes de Clientes y de Información?

 

8.-        ¿Cuándo se  Constituye las Asociación de Banqueros en México?

 

9.-        ¿Cuál es el máximo órgano de Administración?

 

10.-      ¿Cuándo se crea la Asociación Mexicana de Bancos?

 

11.-      Mencione dos objetivos principales de la Asociación de Banqueros en México

 

12.-      ¿Quiénes  son  los mediadores?

 

13.-      ¿Quiénes son los Agentes?

 

14.-      ¿Quiénes son los Corredores Públicos?

 

15.-      ¿Quiénes son los Comisionistas en Materia Financiera?

 

16.-      ¿El Derecho  Bancario también es llamado?

 

17.-      ¿La Tameme prestas sus servicios a las Instituciones Bancarias, es para qué?

 

18.-      ¿Una de las  formas de trabajo de las Sociedades  que prestan sus servicios o  efectúan operaciones es bajo el procedimiento  de?

 

19.-      Mencione dos nombres de los intermediarios financieros en el trafico internacional.

 

20.-      Mencione dos nombre de los intermediario financieros en el trafico internacional.

 

21.-      Mencione un nombre de intermediario financiero como auxiliares de enlace.

 

22.-      Mencione un nombre de los intermediarios financieros como auxiliares individuales.

 

23.-      Mencione un nombre de los intermediarios financieros no bancarios de los más comunes.

 

24.-      ¿Cuál es la diferencia entre Agente y Agencia?

 

25.-      ¿Para qué el Agente realice actos en materia Bancaria debe contar con autorización de? 

 

26.-      Mencione el nombre de dos agentes como personas físicas.

 

27.-      Conteste si los Agentes empresa, también pueden intervenir como agentes de bolsas o Agentes de Seguros.

 

28.-      ¿Los expedientes de clientes y la información conforme a la doctrina son conocidos como?

 

29.-      ¿Para que tengan éxito las operaciones mercantiles son necesarios?

 

30.-      ¿Qué contienen los expedientes de clientes?

 

31.-      ¿Las Instituciones Bancarias como obtienen los informes del cliente?

 

32.-      ¿Quién regula la documentación de expedientes de clientes e informes de crédito?

 

33.-      Menciones dos nombres de Bancos antes de que fueran expropiados en el año de 1982.

 

34.-      ¿Diga cuantos Bancos fueron  expropiados?

 

35.-      Mencione una de las principales características del porque quebraron los bancos, antes de que fueran expropiados.

 

36.-      ¿La Asociación de Banqueros en México hacia las funciones de?

 

37.-      ¿Por qué desapareció la Asociación de Banqueros en el año de 1982?

 

38.-      ¿La máxima autoridad administrativa de la Asociación Mexicana de Bancos es?

 

39.-      ¿La Asociación de Banqueros de México y la Asociación  Mexicana de bancos sus objetivos  son los mismos?

 

40.-      Diga la definición de comisionistas en materia financiera conforme al artículo 273 del Código de Comercio.

 

 

BIBLIOGRAFIA