Universidad Abierta

 


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CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL DERECHO PENAL

 

 

ANDRÉS LEÓN ORTIZ

 

 

CONTENIDO

 

Introducción

Objetivo

Características Generales del Derecho Penal

            Antecedentes del Derecho Penal

Venganza

            Escuelas Jurídicopenales

Antecedentes del Derecho Penal Mexicano

Derecho Precortesiano

            Época Colonial

            Época Independiente

Noción del Derecho Penal Vigente

Ley Penal

Fuentes del Derecho Penal

Interpretación de la Ley

            Clasificación de la Interpretación

Aplicación

            Ignorancia de la Ley Penal

Ámbito de Validez de la Ley Penal

Teoría del Delito

            Sujetos del Delito

            Objetos del Delito

Formas de Manifestación del Delito

Concurso Ideal o Formal

Concurso Real o Material

Desarrollo del Delito

Noción del delito

Noción de los Elementos del Delito

 

 

INTRODUCCIÓN

 

La historia del Derecho Penal podría ocupar varios volúmenes, sin embargo, este tema sólo muestra un breve panorama de su evolución en el transcurso del tiempo.

 

El surgimiento del derecho penal obedece a la necesidad de regular el comportamiento del hombre en la sociedad.

 

El crimen nace con el hombre, cuando todavía no existía un orden jurídico, ni una sociedad organizada, ya el delito se manifestaba en su más rudimentaria forma, al inferirle daño a los bienes ajenos.

 

El hombre aún no articulaba palabras, pero ya desarrollaba conductas de prepotencia ante los demás, por ejemplo, el apoderamiento ilegítimo del animal cazado por otro, las violencias físicas ejercidas sobre una mujer, etcétera.

 

De ahí, la necesidad de regular tales conductas y señalar castigos para lograr el orden y la convivencia pacífica.

 

Para que una pena logre su efecto, basta con el mal de la misma exceda del bien que nace del delito y éste exceso de mal debe tenerse en cuenta la infalibilidad de la pena y la pérdida del bien que produciría el delito.

 

Los hombres se gobiernan por la acción repetida de los males que conocen y no por la de los que ignoran.........

A medida que los suplicios se hacen más crueles, el espíritu de los hombres, que, al modo de los líquidos, se ponen siempre al nivel con los objetos que le circundan, éstos espíritus se irán endureciendo.

 

OBJETIVO

 

Al término del presente trabajo, el lector comprenderá los conceptos básicos del Derecho Penal y tendrá los conocimientos y habilidades referentes a las características generales del mismo.

 

También podrá identificar, explicar y analizar la gran importancia de los siguientes temas.

 

·         Antecedentes del Derecho Penal

·         Antecedentes del Derecho Penal en México

·         Generalidades del Derecho Penal

·         Concepto del Derecho Penal

·         Ámbitos de Validez de la Ley Penal

·         El Delito

·         Sujetos del Delito

·         Objetos del Delito

·         Formas de Manifestación del Delito

·         Desarrollo del Delito

 

DERECHO PENAL

 

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL DERECHO PENAL

 

ANTECEDENTES DEL DERECHO PENAL

 

El nacimiento del derecho penal tiene la obligación de regular la conducta de las personas en sociedad.

El homicidio nace con las personas, cuando no existía evidentemente un orden jurídico, ni una población organizada, ya el delito se manifiesta en su más rudimentaria forma al inferirle daño a bienes ajenos.

 

Las personas aún no decían palabras, pero ya tenían conductas que perjudicaban a otros, por ejemplo el tomar el animal cazado por otra persona, los golpes que recibía una mujer, etcétera.

 

Por eso surgió la necesidad de regular tales comportamientos y aplicar penas para lograr el orden y la convivencia pacífica.

 

Interesa, en ésta parte sobre todo, señalar las etapas de evolución por las que ha pasado esta disciplina jurídica y confirmar que la división por etapas, es más didáctica que real, de manera que una de otra no se pueden separar.

 

VENGANZA

 

La venganza señala que las personas, ante un daño recibido, obtienen la satisfacción por un acto violento, la cual la vamos a encontrar en cuatro subfases, que son las siguientes:

 

·         La venganza privada.

·         La venganza pública.

·         La venganza divina.

·         La venganza familiar.

 

La venganza privada, sin lugar a dudas, también se le puede llamar venganza de sangre, es cuando el afectado se hace justicia por su propia mano, es decir, el ofendido le comete a su ofensor un perjuicio igual al que él recibió.

 

A esta fase se le puede llamar también como la Ley del Talión, cuya frase o fórmula es “ojo por ojo y diente por diente”. Aquí se nota claramente un daño individual.

 

La venganza pública sigue siendo, evidentemente, un acto de venganza, pero aplicada por un representante del poder público.

 

Aquí simplemente se traslada la ejecución justiciera a alguien que representa los intereses de la comunidad, en su manifestación más primitiva.

 

El interés primordial por castigar poco por quien causa un daño caracteriza a esta fase. La semejanza o igualdad en el castigo hacen notar indudablemente que se trata de una venganza.

 

En el Código de Hammurabi, la Ley de las Doce Tablas y en el Pentateuco Mosaico se encuentran disposiciones relativas a esta fase; de manera contundente la Biblia plasma la Ley del Talión en el siguiente párrafo:

 

“Si en la riña de hombres golpearse uno a una mujer encinta provocándole parir y su hijo naciere sin ningún daño, será multado por la cantidad que el marido de la mujer pida y tomen decisión los jueces, pero si al nacer resultare con algún otro daño, entonces evidentemente pagará vida con vida, mano por mano, pie por pie, ojo por ojo, diente por diente, herida por herida o cualquier otra lesión, como quemadura por quemadura”.

 

La venganza familiar. En este tiempo un familiar de la persona que resultó afectada, lleva a cabo el acto de justicia y le proporciona un peligro o daño al ofensor.

 

La venganza divina. La venganza divina es un castigo impuesto a la persona que causa un daño, en virtud de creencias divinas, de manera que en algunas ocasiones se entremezclan rituales mágicos y hechiceros.

 

Casi como de costumbre, el castigo es impuesto por los representantes de varias deidades.

 

Etapa humanitaria. Nace una reacción humanista como solución a la fase anterior, en materia penal, de modo que pretende ofrecer un giro absoluto y radical a la dureza del castigo.

Muchos humanistas, filósofos y pensadores, han intervenido en el derecho penal con sus ideas y obras.

 

Ejemplo César Beccaria y John Howard con su fuerte propuesta de principios humanistas hicieron lo posible para regresarle al individuo o personas el respeto a su dignidad.

 

En su libro Tratado De Los Delitos Y De Las Penas, Beccaria da importancia a diversos temas, como las imputaciones, actos inhumanos y arbitrarios para obligarlos a confesar; se refiere a los golpes.

 

Evidentemente para que una pena logre su efecto, necesariamente basta con que el peligro se tome en consideración se diga lo grave de la pena y la pérdida del bien que ocasionaría el delito.

 

Etapa científica. Los principios de la fase humanitaria se mantienen en esta etapa, pero científicamente se dedican más a fondo respecto al delincuente.

 

Se considera que el daño no basta, por considerado que sea, sino que es necesario además llevar a cabo un minucioso estudio de personalidad de la persona y analizar a la víctima.

 

ESCUELAS JURÍDICO PENALES

 

Éste capítulo nos señala un panorama referente a la concepción que distintas corrientes tuvieron en relación a los problemas fundamentales que señala el Derecho Penal.

 

ESCUELA CLÁSICA.-  la escuela clásica es una corriente que apareció a consecuencia de las más recientes ideas surgidas como reacción vigorosa a la anterior manera de observar al Derecho Penal.

 

 

ESCUELA CLÁSICA

REPRESENTANTES

POSTULADOS

 

 

Libre albedrío

 

CARRARA

Igualdad de derechos

 

ROMAGNOSSI

Responsabilidad moral

 

ROSSI

Objeto: el delito (jurídico)

 

HEGEL

Método: deductivo (especulativo)

 

CARMIGNANI

Pena proporcional al delito

 

 

Clasificación de delincuentes

 

ESCUELA POSITIVA. Como reacción contraria a la escuela clásica, nace esta corriente, las bases científicas tienen su base especialmente en las ciencias naturales.

 

ESCUELA POSITIVA

REPRESENTANTES

POSTULADOS

 

 

Negación del libre albedrío

 

FERRI

Responsabilidad social

 

 

Objeto: el delincuente

 

GARÓFALO

Método: inductivo (experimental)

 

 

Pena proporcional a la peligrosidad

 

LOMBROSO

Prevención más que represión

 

 

Medidas de seguridad

 

 

Clasificación de delincuentes

 

 

Sustitutivos penales

 

ESCUELA ECLÉCTICA. En esta escuela se encuentran varias corrientes, estas llegan a ser una fusión de aquellas, como respuesta a las dos escuelas anteriores.

 

ESCUELA ECLÉCTICA

REPRESENTANTES

POSTULADOS

 

 

Negación del libre albedrío

 

 

Delito: hecho individual y social

 

ALIMENA

Más importante el delincuente

 

 

Método inductivo

 

 

Investigación científica del delincuente

 

CARNEVALE

Responsabilidad moral

 

 

Imputables e inimputables

 

 

Reforma social

 

FRANZ VON LISZT

Pena: conservación del orden jurídico

 

 

Método: jurídico y experimental

 

 

Delito: fenómeno jurídico y material

 

MANZINI

Factores criminógenos

 

 

Pena: necesidad

 

 

Imputabilidad y peligrosidad

 

BATAGLINI

Pena y medida de seguridad

 

 

Derecho positivo

 

 

Ordenamiento jurídico sobre otros criterios

 

ROCCO

Conocimiento científico de delitos  y penas

 

 

Pena: prevención y readaptación

 

 

Rechazo a planteamiento filosófico

 

ANTECEDENTES DEL DERECHO PENAL EN MÉXICO

 

a) DERECHO PRECORTESIANO.

 

Antes de la conquista, el homicidio era un fenómeno poco común y el castigo, por tanto, muy severo. Esto se debía a su religión y su muy bajo nivel de educación de las personas que habitaban en nuestro país.

 

La religión y la milicia son dos aspectos fundamentales en los cuales se preparaba a la juventud.

 

LOS AZTECAS

 

Los aztecas conocieron la distinción entre delitos dolosos y culposos, las circunstancias atenuantes y las agravantes de la pena, la acumulación de sanciones, la reincidencia y el indulto.

 

En esta época los delitos principales fueron la alcahuetería, el peculado, el adulterio, el homicidio, el cohecho de jueces, la traición de guerra, el espionaje, etcétera.

 

Entre las penas principales estaba la de muerte que era cometida por medio de ahorcadura, el degüello, el descuartizamiento, la esclavitud, los castigos infamantes, los corporales y el encarcelamiento.

 

LOS MAYAS

 

La legislación de los Mayas no fue escrita, mientras la prisión no se consideraba un castigo, sino con el único propósito de detener al delincuente con el fin de posteriormente aplicarle la pena impuesta, a los menores infractores se les aplicaban castigos que no fueran graves.

 

Los principales delitos fueron el adulterio, el estupro, las deudas, el incesto, la traición a la patria y la violación.

 

Los castigos de esta época la muerte por horno ardiente, la extracción de vísceras por el ombligo, los flechazos, el estacamiento, el devoramiento por fieras y la esclavitud.

 

b) ÉPOCA COLONIAL

 

Cuando llegaron los españoles, las manifestaciones y costumbres de la cultura indígena fueron suspendidas y se implantaron las del pueblo conquistador.

 

Es decir, se crearon ciertas leyes para el nuevo territorio colonizado,  como las ordenanzas de Minería, la de Intendentes y las de Gremios.

 

c) ÉPOCA INDEPENDIENTE

 

Se requirió la necesidad de contar con una legislación nueva, al momento de iniciarse la Independencia, propia del pueblo mexicano.

 

NOCIÓN DEL DERECHO PENAL VIGENTE

 

Las concepciones que se tienen respecto al derecho son múltiples.

 

Para los fines de ésta obra y para evitar las nociones innecesarias expresadas por diversos autores, una de las más importantes es:

 

El derecho penal es el conjunto normativo perteneciente al derecho público interno, que tiene por objeto al delito, al delincuente y a la pena o medida de seguridad, para mantener el orden social mediante el respeto de los bienes jurídicos tutelados por la ley.

 

Como se puede observar el derecho penal se encamina, sin lugar a dudas, a mantener un conjunto de principios relativos al castigo del delito para tener mejor convivencia de la comunidad humana.

 

Cada grupo social, según el lugar y el tiempo, crea sus propias normas penales, con sus principios, los cuales cambian, mediante sus condiciones sociales.

 

DIVERSAS DEFINICIONES

 

Encontramos evidentemente algunas nociones de Derecho Penal que debemos comprender con un manejo más adecuado y así entenderlo de una mejor manera, como el derecho penal sustantivo, el derecho penal objetivo, el derecho penal subjetivo,  y el derecho penal adjetivo.

 

·         El derecho penal objetivo.- Lo constituye el conjunto de normas jurídicas emanadas del Poder Público que establecen los delitos y señalan penas y medidas de seguridad, así como su forma de aplicación.

·         El derecho penal subjetivo.- Es la potestad jurídica del Estado de amenazar, mediante la imposición de una pena, al merecedor de ella.

·         El derecho penal sustantivo.- Norma relativa al delito, al delincuente y a la pena o medida de seguridad.

·         Derecho penal adjetivo.- Normas que se ocupan de aplicar el derecho sustantivo. Se trata del conjunto de normas que se ocupan de señalar la forma de aplicar las normas jurídico penales en los caos concretos.

 

Existen dos ciencias importantes dentro del derecho penal, como son:

 

·         La Criminología.

·         La Criminalística.

 

Criminalística.- Al igual que la medicina forense, ésta disciplina basada en conocimientos científicos, es de ayuda invaluable en la investigación del delito. Balística, retrato hablado y la dactiloscopia, son algunos de los ejemplos que evidencian la valiosa aportación de dicha disciplina.

 

Criminología.- Ésta ciencia, no jurídica, perteneciente al mundo del “Ser” y que estudia la conducta antisocial y al delito, así como al autor de éste, desde el punto de vista distinto del normativo, se considera indispensable en el análisis del derecho penal, pues permite examinar las causas del delito y la personalidad del delincuente.

 

Y realiza un enfoque sociológico, biológico y antropológico del sujeto y de su comportamiento así como de su prevención y readaptación.

 

LEY PENAL

 

La ley penal es la norma jurídica que se refiere a los delitos y a las penas o medidas de seguridad.

 

Es común en algunas ocasiones que se comente que sólo existe un Código Penal para toda la República, cosa que no es así, en la realidad existe uno para cada entidad federativa, dado el sistema federal mexicano; así, el Código Penal para el Distrito Federal es aplicable a ésta última entidad en materia común y en toda la República en materia federal.

Los delitos federales son los que afectan a la federación.

 

Existen diversas normas penales insertadas en distintos cuerpos legales, como la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el Código Fiscal de la Federación, la Ley de Vías Generales de Comunicación, la Ley Federal de los Derechos de Autor, etcétera.

 

FUENTES DEL DERECHO PENAL

 

Fuente del derecho, sin duda alguna será aquello que origina la creación de esta disciplina.

 

Las fuentes del derecho son: reales, históricas y formales.

 

·         REALES.- Las fuentes reales son aquellas que propician el surgimiento de una norma jurídica, por ejemplo, el aumento en delitos sexuales (como el estupro, la violación) a hecho que el legislador aumente su penalidad.

·         HISTÓRICAS.- las fuentes históricas son los medios objetivos en los cuales se contienen las normas jurídicas, por ejemplo los pergaminos, en los que se encuentran las antiguas normas.

·         FORMALES.- las fuentes formales son los procesos de creación de las normas jurídicas, evidentemente en el derecho penal mexicano son fuentes formales la Ley, la jurisprudencia, la costumbre y la doctrina.

 

Por especial naturaleza, sin lugar a dudas, sólo la Ley puede ser fuente del derecho penal mexicano.