Universidad Abierta

 


IMPORTANTE: Se autoriza la reproducción de este texto para fines no comerciales agradecemos citar la fuente

 

 

“UN ENFOQUE JURÍDICO TECNOLÓGICO PARA LA PROPUESTA DE UN SISTEMA NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN BIOMÉTRICA SINIB”

 

 JAVIER GAMIÑO CASILLAS

 

 

CONTENIDO

 

 

1.

Introducción.

 

 

2.

Objetivos.

 

 

3.

Resumen.

 

3.1 Antecedentes de la identificación y comprobación de la identidad.

 

 

3.1.1 Análisis del proceso actual de la identificación y comprobación de la identidad de personas que presentan denuncias, detenidos y arrestados, indiciados y sentenciados en el Sistema Jurídico Mexicano.

 

 

 

 

3.2 Conceptos fundamentales que en el derecho conceptualizan: persona, personalidad jurídica, e identidad.

 

 

3.2.1 Perspectiva actual de lo que entendemos y debemos entender por personalidad, identidad y comprobación de la identidad.

 

 

 

3.3 Presentación de manera sintetizada los fundamentos teóricos de la Biométrica como técnica de identificación de personas.

 

 

3.3.1 Sistemas de Identificación Biométrica más usuales.

 

 

3.3.2 Fundamentar científicamente el empleo de huellas dactilares como parámetro biométrico de identificación.

 

 

3.3.3 Sistemas de identificación de personas a través del uso de huellas dactilares.

 

 

 

3.4 Introducción de los sistemas y tecnologías de computo y transmisión de datos actuales.

 

 

3.4.1 Aspectos generales del Hardware, Sistemas de Tecnología de Redes, Bases de Datos y del Software.

 

 

 

3.5 Presentación del funcionamiento del Sistema Biométrico de Identificación utilizando las huellas dactilares.

 

 

3.5.1 Tipos de credenciales usadas para la autentificación.

 

 

3.5.2 Veracidad del Sistema de Reconocimiento de Huellas dactilares.

 

 

 

3.6 Proponer el “Sistema Nacional de Identificación Biométrica”.

 

 

3.6.1 Identidad y Capacidad Jurídica.

 

 

3.6.2 Actas de nacimiento.

 

 

3.6.3 Actas de matrimonio.

 

 

3.6.4 Actas de defunción.

 

 

3.6.5 Identificación de los Reclusos en los CERESOS.

 

 

3.6.6 Identificación y búsqueda de antecedentes de los aspirantes   a, y del personal encargado de la readaptación social.

3.6.7 Identificación de los visitantes en los CERESOS.

 

 

3.6.8 Identificación e Impunidad de expersonal de Instituciones públicas, exmilitares y exempledos del sector privado.

 

 

3.6.9 La necesidad de implementar el SINIB.

 

 

3.6.10 Posibles aplicaciones del SINIB.

 

 

4.

Conclusiones.

 

 

5.

Bibliografía.

 

 

6.

Cuestionario.

 

 

1. INTRODUCCIÓN.

 

El presente estudio pretende exponer de manera clara, sencilla y hacer conciencia en quienes lo analicen sobre la necesidad de un Sistema Nacional de Identificación Biométrica, que trascienda a todos los ámbitos de la vida de la Nación y principalmente se anule, modifique, actualice, y cree, todo lo relacionado al Poder Judicial en términos de Legislación, Procedimientos Jurídicos, Leyes Orgánicas, Instituciones de Seguridad, Funciones de Carácter Público, Sistema Penitenciario. Si se toma conciencia de lo que aquí se expone y llega a implementarse, entonces México vivirá una vida más ordenada y verdaderas posibilidades al estado de derecho. También, se estará en mejor posición en el ámbito internacional y se puede entender que por vez primera, México estará en una posición de líder y ejemplo a seguir en lo que se refiere a leyes, derecho y sistema judicial. Las repercusiones de lo que se expondrá afectarán de manera sistémica la vida de la Nación en todas sus esferas y quienes la lean compartirán un estado de conciencia que les impedirá seguir aceptando “el estado actual de las cosas”. Está claro que nunca existirá ninguna persona y ninguna nación “perfecta”, estamos concientes de que todos los días realizamos actividades y surgen problemas, pero si implementamos sistemas que nos permitan atender, plantear y resolver los problemas, entonces nuestras vidas serán de una mejor calidad y se dará una mejor convivencia.

 

La interacción de los seres humanos dio origen a los conceptos de sociedad, derecho, leyes, estado, ciudadano, autoridad, funcionario público, gobierno, nación. En el derecho se han establecido los conceptos de persona, personalidad jurídica, identidad y comprobación de la identidad; considerados como fundamentales para la existencia y aplicación del derecho por sí mismo, para definir y regular la interacción entre las personas y para establecer, delimitar y regular el haber, hacer y cumplir de derechos y responsabilidades que resultan de la interacción misma de las personas.

 

En la presente Memoria se expone el “estado actual de las cosas” referente a los procedimientos de procuración de justicia de acuerdo con las responsabilidades y labores que diariamente realizan Policía Municipal, Agencias del Ministerio Público, Jueces, Consejo de la Judicatura, Tribunal Superior de Justicia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Notarías, Registros Civiles, Servicios Forenses, y como se explicará posteriormente, en todos los ámbitos de la vida Nacional. Esta exposición se ha circunscrito a ejemplos de lo que ocurre en el sistema judicial en el Estado de Baja California, particularmente en la ciudad de Mexicali, pero lo aquí expuesto prevalece en casi toda la nación.

 

Se muestra que no basta establecer leyes y procedimientos, ni de tratar de hacerlos cumplir, mucho menos de seguirlos al pie de la letra, ya que hasta ahora se sigue cometiendo un error sistemático que es: “No existe Legislación, Procedimiento, peor aún, no existen estándares bien definidos, y es obvio que al no existir dichos estándares no existe Ley ni Procedimiento que obligue a seguirlos”.

 

Donde quiera que se realiza algún trámite de carácter oficial civil o penal, se supone que las partes involucradas deben identificarse y acreditar la personalidad jurídica y la identidad que dicen tener. En los lugares donde esto ocurre, se supone que se verifica y se comprueba la identidad que las partes por sí mismas se atribuyen. En la realidad esto no es cierto, y por lo tanto se comete el error sistemático de nunca comprobar la verdadera identidad de las personas.

 

El sector que desesperadamente requiere la implementación inmediata del “Sistema Nacional de Identificación Biométrica” es el Judicial. Todo esto surge al investigar y tomar conciencia de qué hacen y cómo comprueban la supuesta identidad de una persona quienes en el cumplimiento de sus funciones deben o deberían comprobar dicha identidad.


2. OBJETIVOS.

2.1 Objetivo general.

Desarrollar un enfoque Jurídico Tecnológico para la propuesta de un Sistema Nacional de Identificación Biométrica SINIB”

 

2.2 Objetivos específicos.

2.2.1  Analizar lo que en la actualmente entendemos y debemos entender por personalidad, identidad y comprobación de la identidad.

2.2.2  Definir los conceptos fundamentales que en el derecho conceptualizan: persona, personalidad jurídica, e identidad.

2.2.3  Analizar y sintetizar el proceso actual de la identificación y comprobación de la identidad de personas que presentan denuncias, detenidos y arrestados, indiciados y sentenciados en el Sistema Jurídico Mexicano.

2.2.4  Presentar de manera sintetizada los fundamentos teóricos de la Biométrica como técnica de identificación de personas.

2.2.5  Sistemas de Identificación Biométrica más usuales.

2.2.6  Fundamentar científicamente el empleo de huellas dactilares como parámetro biométrico de identificación.

2.2.7  Presentar de manera general una introducción de los sistemas y tecnologías de computo y transmisión de datos actuales.

2.2.8  Presentar el funcionamiento del Sistema Biométrico de Identificación utilizando las huellas dactilares.

2.2.9  Proponer el “Sistema Automatizado Nacional Integrado de Identificación Biométrica”.

 

 

3. RESUMEN.

3.1 Antecedentes de la identificación y comprobación de la identidad.

 

En el presente apartado se establece de manera sintetizada las cedulas, registros y mecanismos que se utilizan actualmente en nuestro Sistema Jurídico Mexicano para la comprobación de identidad.

Secretaría de Gobernación.

Misión de la Dirección General del Registro de Población e Identificación Personal: “Registrar a cada una de las personas que integran la población del país, con los datos que permitan certificar y acreditar fehacientemente su identidad, y proporcionar el servicio de expedición de la Cédula de Identidad Ciudadana y del documento de identificación de los mexicanos menores de 18 años, así como la información de la población a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública y a los Órganos Electorales para el desarrollo de sus funciones.”

 

3.1.1    Análisis del proceso actual de la identificación y comprobación de la identidad de personas que presentan denuncias, detenidos y arrestados, indiciados y sentenciados en el Sistema Jurídico Mexicano.

 

A continuación se presenta de manera esquemática los procedimientos:

 

Procedimiento 01

 

 

 

Detenido Municipal. Inicia Averiguación previa 48 hrs.

 

 

 

Libertad con Reservas de Ley ó

Cárcel

 

Parte Informativo

 

Acuerdo de radicación

 

 

 

36 hrs.

              48 hrs.

          72 hrs.

Delito con pena de hasta 5 años alcanza libertad bajo fianza.

 

 

 

Detenciones municipales.

Agente del Ministerio Público.

Cuando existen

los elementos constitutivos del delito se consigna el acta de averiguaciones previas con o sin ofendido.

 

Faltas Administrativas.

 

Delitos contraídos en el Código Penal.

 

Detenido o arrestado.

 

No faltas Administrativas

 

Desde que se presentan Defendido(s), Ofendido(s), se pide que se identifiquen, así como los agentes que realizan la detección se pide también se identifiquen.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Indiciado ó

 

Cuando no se presenta al indiciado el Juez dicta la  orden de aprensión ó comparecencia contra el inculpado dentro de un término de 15 días, a partir de la

 

Procesado

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Sentencia

Procesado o Reo.

Procesado

 

 

Dentro de las 48 hrs. El M.P. Dicta orden de Investigación. “Acuerdo para solicitar peritaje” para reunir los elementos necesarios para conformar el cuerpo del delito.

En caso de delincuencia organizada, (3 ó más  personas) este plazo se amplia hasta 96 hrs.

 

 

CPP Código de Procedimientos Penales

Arts. 108, 109 y 110.

 

 

 

Procedimiento 02

 

 

 

 

Ministerio Público

 

 

 

 

 

 

 

 

El Ministerio Público tiene que determinar si el detenido es menor o mayor de edad.

 

Si se sospecha que es menor de edad, lo tiene que certificar el médico en turno del Ministerio Público.

 

Si es certificado que es menor, el Ministerio Público lo turna al Consejo Tutelar para Menores.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Procedimiento 03

 

 

 

Identificación.

 

 

 

 

Municipal

Juez Calificador

 

 

Ministerio
Público

 

Juez

 

 

Libertad ó Cadena

Cárcel

 

 

Se pide se identifiquen todas las partes y los agentes.

 

 

 

El Agente le quita las identificaciones y pertenencias a las personas detenidas cuando redacta “El parte”.

 

Desde aquí, se integran las identificaciones al Parte(s) ó expediente(s) y se identifica ó “Da Fe” deque los detenidos son quien dicen ser ó se les atribuye ser, porque el Juez Calificador, el Ministerio público, Juez y todos los que envían o transfieren, entregan o reciben a los detenidos, son ellos quienes dan fe de la identidad de los detenidos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Procedimiento 04

 

 

 

Ministerio Público.

 

 

 

Cuando existe duda sobre la autenticidad de la personalidad ó identidad y de los antecedentes penales que presume el indiciado, el Ministerio Público gira un “Acuerdo para solicitud de antecedentes“  a los Directores de la cárcel pública, Seguridad pública Municipal y Prevención y Readaptación Social. En caso afirmativo se envía las copias certificadas y si no los tiene se envía la respuesta negativa. (24 a 36 horas tiempo promedio).

 

Estadísticas del Ministerio Público.

 

Turno Matutino

 

Turno Vespertino

 

Detenidos

 

 

20

Embriaguez

30